Lo puedes encontrar con diferentes nombres: Plan Personal de Retiro, PPR, plan de retiro, seguro de retiro, plan de ahorro para el retiro, plan de ahorro, etc.
Algunos nombres tienen diferencias técnicas, otros simplemente son cuestión de costumbre. El término definido por el SAT es Plan Personal de Retiro o PPR, por sus siglas.
Un PPR es un plan de ahorro privado con una estructura fiscal bajo el artículo 151 de la Ley del ISR. En bancos y casas de bolsa, este es el único tipo de plan que puedes encontrar.
Dentro del sector asegurador puedes encontrar planes de retiro con estructuras fiscales bajo el artículo 93 y el 185 de la LISR y, además, podemos diferenciar 2 tipos de planes por la forma en la que te ofrecen rendimientos:
Ambos planes funcionan, básicamente, de la misma forma. Eliges el monto y la periodicidad de tu ahorro, eliges un plazo y al final recibes tu dinero ahorrado más su rendimiento.
Los 2 tipos de plan tienen beneficios fiscales, así como ventajas y características específicas. El que más te convenga dependerá de tu situación financiera y fiscal, de tu perfil de inversionista, de tus objetivos financieros y necesidades de protección, entre otros factores.
En estos planes, tu dinero es invertido a través de distintos portafolios de inversión que puedes elegir libremente, de acuerdo con las políticas y los estándares de tu aseguradora.
Una ventaja de estos planes es que tienen un gran potencial para generar ganancias a largo plazo porque se alimentan constantemente de tus aportaciones, sus rendimientos se capitalizan diario y aprovechan su beneficio fiscal para maximizar el efecto de interés compuesto.
Tu plan puede incluir un seguro de vida temporal, en cuyo caso tus aportaciones se dividirán en 2:
Si tu plan incluye seguro de vida podrás ver el desglose de estos conceptos en tus facturas o en tus estados de cuenta.
Si tu plan es deducible de impuestos, en tu constancia de aportaciones podrás ver el monto que corresponde a tu ahorro y que podrás incluir en las deducciones personales de tu declaración anual.
En los seguros de retiro y en los planes de ahorro con seguro de vida puedes contratar coberturas adicionales dependiendo de la oferta de tu aseguradora. Las más comunes son
invalidez, gastos funerarios, muerte accidental y desempleo.
Estos planes te ofrecen un rendimiento garantizado que puedes conocer desde antes de contratarlo.
La mayoría están basados en seguros de vida dotales, que cubren fallecimiento y supervivencia, pero algunos eliminan todas o la mayor parte de las coberturas dejando únicamente la de fallecimiento para poder ofrecer un rendimiento mayor.
La principal ventaja de este tipo de planes es que desde el inicio sabes cuánto recibirás al final del plazo y tu rendimiento es garantizado. No tendrás que preocuparte por minusvalías, por mercados financieros o inflación.
Dentro de sus beneficios tienes una tabla de valores garantizados que podrás reclamar en caso de que quieras dejar de hacer tus aportaciones, de que tengas que cancelar o que quieras retirar tu dinero antes del plazo contratado.
Prácticamente, son instrumentos de renta fija. Tienes un rendimiento garantizado que conoces desde el inicio y éste depende del plazo, entre otras cosas.
La tasa de rendimiento que te ofrecen puede variar dependiendo de tu edad, sexo, consumo de cigarro, plazo del plan, coberturas adicionales y sumas aseguradas, entre otros factores.
Otra ventaja de estos planes es que tienes mayor protección ante la invalidez, pues la cobertura de Invalidez total y permanente te libera del pago total del plan, mientras que en los planes de ahorro la exención de pago de primas sólo aplica a la parte correspondiente del seguro de vida y no a las de ahorro.
En ambos planes tienes la opción de contratar en pesos, dólares o en UDIs, dependiendo de la oferta de cada aseguradora.
Lo planes contratados en dólares ajustan sus primas y sumas aseguradas de acuerdo con el tipo de cambio del día en el que deben pagarse, por lo que pueden subir o bajar dependiendo del comportamiento del dólar y del peso.
Los planes contratados en UDIS ajustan sus primas y sumas aseguradas de acuerdo con el valor de la UDI del día en el que deben pagarse, por lo que aumentarán con el paso del tiempo a la par de la inflación.
Antes de contratar con estas dos monedas, considera el plazo de tu plan, pues no podrás cambiar la moneda una vez que contrates y a largo plazo pueden volverse impagables, en especial los planes en UDIS.
Existen planes donde tu ahorro se limita a un cierto número de años, por ejemplo, 5, 10 o 15 años, y el resto del plazo sólo debes esperar a llegar a la edad de retiro contratada.
En esos planes donde puedes limitar tu ahorro a cierto número de años, tal vez podrías considerar contratar en dólares o en UDIS, pero si tu ahorro es por más de 15 años debes analizarlo a detalle, en especial tratándose de planes en UDIS, pues tus aportaciones aumentarán cada día de acuerdo con la inflación.
Generalmente, puedes elegir la estructura fiscal de tu plan con el artículo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) que contenga los beneficios fiscales que te convienen.
Los artículos sobre los que puedes basar un plan de retiro son el 93, el 151 y el 185. Cada uno ofrece distintos beneficios fiscales y es importante que elijas el más adecuado para ti antes de contratar un plan, pues una vez que lo contratas no puedes cambiar esta característica.
Otro beneficio que puedes contratar es ajustar tus aportaciones o tus sumas aseguradas de acuerdo con la inflación o con un porcentaje fijo para preservar tu poder adquisitivo con el paso del tiempo. Además, en los planes de ahorro, mientras más recursos tenga tu fondo mayores serán las ganancias de tu plan.
Cada aseguradora ofrece sus propios beneficios, ventajas y formas de personalizar sus planes. Revisa a detalle toda la información de tu plan y elige el más adecuado para ti.
Invertir a través de una aseguradora tiene muchas ventajas, para conocerlas y para saber más sobre lo que la inflación le hace a tu dinero, entre otros temas relacionados, visita mi blog.
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